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La Guardia Civil ya no podrá multar por consumir estupefacientes dentro de un coche estacionado.

today9 de mayo de 2025 2

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La Guardia Civil ya no podrá multar por consumir estupefacientes dentro de un coche estacionado.

Interior ordena a las fuerzas de seguridad no multar por posesión o consumo de drogas dentro del coche

Y otra alternativa más formal y optimizada:

El Ministerio del Interior prohíbe a la policía sancionar el consumo o porte de sustancias ilícitas dentro de vehículos

La guardia civil

La Guardia Civil ya no podrá multar por consumo de drogas en un coche aparcado: Interior da la orden

Cuando la Guardia Civil nos detiene en un control, es habitual sentir cierta tensión, incluso si no infringimos ninguna norma. Aunque no llevemos nada ilegal, el nerviosismo suele aparecer. Hace poco conocíamos que algunos objetos dentro del vehículo pueden ser motivo de sanción; sin embargo, ahora se ha aclarado que el consumo o la tenencia de drogas dentro del coche ya no será sancionable.

La Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, ha emitido una instrucción dirigida tanto a la Dirección General de Tráfico (DGT) como a los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil de Tráfico. En ella se especifica que ya no deben multar a quienes consuman o posean sustancias ilegales dentro del vehículo, siempre que esté estacionado.

Esta nueva directriz se apoya en una jurisprudencia del Tribunal Supremo, que reconoce el coche particular como un espacio de carácter privado, y por tanto protegido de intervenciones punitivas en estas circunstancias.

Los sindicatos policiales critican la medida y advierten de sus consecuencias

Aunque el Ministerio del Interior ya ha enviado la instrucción a las fuerzas de seguridad, los principales sindicatos y asociaciones profesionales de la Policía Nacional y la Guardia Civil —como SUP, Jupol, CEP, AUGC y Jucil— han mostrado su rechazo a la decisión. Consideran que esta medida podría provocar conflictos vecinales, aumentar el riesgo de que se conduzca bajo los efectos de sustancias estupefacientes y fomentar una sensación de impunidad. Además, alertan de que podría erosionar la confianza ciudadana en los agentes y debilitar la credibilidad del sistema legal.

Por qué el Ministerio del Interior considera que no se debe multar el consumo de drogas en coches aparcados

La instrucción enviada por la Secretaría de Estado de Seguridad —a la que ha tenido acceso la agencia EFE— aclara que ni el consumo ni la posesión de sustancias ilegales dentro de un vehículo privado estacionado pueden ser motivo de sanción, siempre y cuando no exista intención de tráfico. La única excepción contemplada es cuando los estupefacientes estén destinados a la venta. La norma subraya que el coche particular está “estrechamente vinculado a la esfera privada de su propietario”.

Desde el Ministerio del Interior insisten en que este nuevo enfoque no supone una novedad legislativa, sino que se fundamenta en normativas ya vigentes. Según fuentes del propio ministerio, esta instrucción responde únicamente a la “aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la doctrina del Tribunal Constitucional”. No se han ofrecido más declaraciones al respecto.

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Interior refuerza que no habrá sanciones por consumir drogas en coches estacionados: el vehículo se considera un espacio privado

Aunque dentro de un coche no se realicen actividades típicas de la vida íntima como las que se desarrollan en un hogar, el Tribunal Constitucional reconoce que existe una “expectativa razonable de privacidad” en el interior de un vehículo. Esta premisa ha sido clave para considerar al coche particular como un entorno protegido frente a determinadas intervenciones.

Bajo este argumento, y debido a que la Ley de Seguridad Ciudadana no recoge de forma específica este tipo de conducta, la nueva instrucción del Ministerio del Interior concluye que el consumo o la posesión de sustancias estupefacientes —siempre que no haya intención de distribución— dentro de un vehículo privado detenido y utilizado únicamente como medio de transporte, no se ajusta a ninguna de las infracciones administrativas previstas en dicha normativa. Eso sí, la situación cambia si el vehículo está en movimiento, ya que en ese caso el comportamiento podría estar penado por el Código Penal.

Unificación de criterios ante una laguna legal

La decisión busca establecer una interpretación uniforme para este tipo de casos. La instrucción recuerda que el artículo 36.16 de la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015 —actualmente en revisión en el Congreso— tipifica como infracción grave el consumo o la tenencia de drogas en lugares públicos, transportes colectivos, vías o establecimientos, con sanciones que oscilan entre los 600 y los 300.000 euros.

Sin embargo, como este precepto deja margen a la interpretación de los agentes, la instrucción 7/2025 del Ministerio incorpora jurisprudencia del Tribunal Supremo, que aclara que, aunque un coche no tenga el estatus legal de domicilio, sí constituye un entorno privado que goza de cierto nivel de protección y privacidad.

@josesanchezrec El lugar donde no se multará por consumo de sustancias #policia #multa #coches #sustancias #policias #pedrosanchez #marlaska ♬ sonido original – Jose Sánchez | Periodista

Escrito por Veronica Gómez

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