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Una sentencia pionera en Sevilla ha condenado a 3 jóvenes por manipular fotografías de antiguas compañeras de colegio mediante inteligencia artificial (IA) para crear imágenes falsas en las que aparecían completamente desnudas. La resolución judicial considera que los hechos constituyen delitos contra la integridad moral y aplica la agravante de género por el carácter machista de la conducta.
Los condenados deberán cumplir nueve meses de prisión cada uno y tendrán prohibido acceder a Telegram, WhatsApp, Instagram y Discord durante tres años y nueve meses. Sin embargo, no ingresarán en prisión, ya que el juez ha suspendido la ejecución de las penas bajo determinadas condiciones. La decisión tiene en cuenta que carecen de antecedentes penales, han abonado la responsabilidad civil y han reconocido los hechos.

Según los hechos considerados probados, los tres jóvenes actuaron de común acuerdo con otra persona menor de edad para obtener fotografías de tres antiguas compañeras de colegio publicadas en perfiles abiertos de Instagram.
Posteriormente, utilizaron una aplicación de inteligencia artificial disponible en Telegram para modificar las imágenes y generar representaciones falsas de las jóvenes completamente desnudas. El resultado presentaba un elevado grado de realismo, lo que aumentaba el potencial de daño para las víctimas.
Las fotografías fueron compartidas inicialmente en grupos creados específicamente en WhatsApp y Discord. Sin embargo, la difusión fue más allá de esos espacios privados y no se ha podido determinar hasta dónde llegaron los reenvíos.
Los hechos salieron a la luz cuando una persona no identificada envió las imágenes manipuladas al perfil de Instagram de una de las afectadas en septiembre de 2023. De esta manera, las jóvenes descubrieron que sus fotografías habían sido utilizadas para crear contenido sexual falso sin su consentimiento.

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la aplicación de la agravante de género. El magistrado considera que la actuación de los condenados no fue una simple broma, sino una conducta que atentó contra la dignidad de las jóvenes y reflejó una actitud de desprecio hacia ellas.
La resolución señala que la manipulación de las fotografías respondía a una concepción que cosifica a las mujeres y las relega al papel de instrumentos de placer. Esta valoración judicial subraya que la creación y difusión de imágenes sexuales falsas puede tener consecuencias graves, incluso cuando los cuerpos representados nunca han sido fotografiados desnudos en la realidad.
Los tres condenados pidieron perdón durante el procedimiento judicial. La sentencia contempla, además de la agravante de género, circunstancias atenuantes relacionadas con la reparación del daño y la confesión de los hechos.
La suspensión de las penas de prisión está condicionada a que los condenados no cometan ningún delito durante un plazo de dos años, respeten la prohibición de acceder a las cuatro aplicaciones mencionadas y participen en un programa formativo de educación sexual.
La medida pretende evitar que se repitan conductas similares y abordar la naturaleza de los hechos cometidos contra quienes habían sido sus compañeras de colegio.
No obstante, el caso también plantea dificultades para controlar el cumplimiento de la prohibición tecnológica. Los especialistas advierten de que los condenados podrían intentar utilizar cuentas alternativas, lo que complicaría demostrar que están detrás de esos perfiles y que han incumplido la resolución judicial.

La sentencia supone un precedente relevante en la respuesta judicial frente al uso de inteligencia artificial para fabricar imágenes sexuales sin consentimiento. Estas herramientas permiten alterar fotografías reales y generar contenidos falsos que pueden difundirse rápidamente por internet, con consecuencias personales, sociales y psicológicas para las personas afectadas.
El caso pone de relieve que el hecho de que una fotografía esté publicada en una red social no autoriza a utilizarla para fabricar imágenes sexuales ni a distribuirlas con fines de burla o humillación.
La resolución judicial también recuerda la importancia de la responsabilidad en el entorno digital. La inteligencia artificial puede tener numerosas aplicaciones útiles, pero su utilización para vulnerar la intimidad, atacar la dignidad o humillar a otras personas puede acarrear consecuencias penales.
La protección de las víctimas y la prevención de estas conductas constituyen retos fundamentales ante una tecnología que avanza rápidamente y que exige respuestas legales y sociales capaces de adaptarse a sus riesgos.
Escrito por Veronica Gómez
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