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Revés legal para Rosalía: La Corte europea rechaza su apelación contra la marca Rozaliya.

today6 de marzo de 2025 8

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Revés legal para Rosalía: La Corte europea rechaza su apelación contra la marca Rozaliya.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha rechazado el recurso interpuesto por la cantante Rosalía en relación con la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que denegó la solicitud de anulación completa de los productos de la marca de joyas búlgaras ‘Rozaliya jewelry for enlightenment’.

Rosalia

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) se ha pronunciado en contra de Rosalía en su disputa legal con la marca registrada por la empresa búlgara Raphael Europe en septiembre de 2016. La marca, ‘Rozaliya jewelry for enlightenment’, se utiliza para comercializar diversos artículos, incluyendo joyería, bisutería y marroquinería.

En 2021, la cantante, conocida como Motomami, solicitó la caducidad de la marca, lo que puede declararse si no ha habido un uso efectivo de los productos registrados en la Unión Europea (UE) durante un periodo continuo de cinco años.

En diciembre de 2022, la EUIPO declaró la nulidad parcial de algunos productos de la marca, como joyas decorativas y personales, entre otros. Sin embargo, Rosalía recurrió esta decisión en 2023 por no anular otros productos de la marca. En diciembre de ese mismo año, la EUIPO rechazó su apelación, al considerar que las pruebas presentadas por la empresa indicaban un uso efectivo de los productos que no fueron declarados caducos.

Ante esta decisión, Rosalía presentó un recurso ante la justicia europea, que finalmente falló en contra de la cantante. La corte determinó que la EUIPO no cometió errores al evaluar las pruebas del uso de la marca, como las facturas que demostraban ventas fuera de la UE. Aunque la corte reconoció que la EUIPO no examinó si la marca estaba presente en los productos o su embalaje, aclaró que este fallo no afectaba el resultado final.

La sentencia subraya que la EUIPO actuó correctamente al considerar que las pruebas proporcionadas por Raphael Europe mostraban que la marca se utilizaba como indicador del origen comercial de los productos vendidos en la UE.

En cuanto a la acusación de Rosalía de que la EUIPO no justificó adecuadamente su resolución y se basó en suposiciones, el Tribunal destacó que la oficina presentó una motivación sólida con pruebas que respaldaban el uso efectivo de la marca, incluyendo facturas y capturas de pantalla. Además, sobre la venta de productos destinados a la exportación, el TGUE reiteró que la mayoría de las pruebas presentadas demostraron el uso de la marca en el territorio de la Unión.

La corte concluyó que la EUIPO no se equivocó y desestimó el recurso de la cantante, aunque se le concede la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Escrito por Veronica Gómez

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